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Atención Ambulatoria
­ Se accede al sistema eligiendo al médico de acceso directo (clínico o pediátrico) el cual es el encargado de centralizar toda la historia clínica del paciente y coordinar la atención con el resto de las especialidades, incluso durante una eventual internación. No se abona coseguro. – Se puede consultar a otros médicos especialistas de acceso directo (ginecólogos, urólogos y oftalmólogos) sin necesidad de contar con una orden de derivación del clínico o del pediatra por única vez para cada enfermedad hasta su resolución. No se abona coseguro. – Para consultar al resto de los médicos especialistas deberá contar con la derivación de los médicos de acceso directo. Se abonará un coseguro. Ver Valores. (https://www.osmedica.com.ar/servicios/autorizacion­y­coseguro/)
Atención Domiciliaria
Ante la imposibilidad del traslado por propios medios al consultorio del médico de acceso directo más cercano, puede solicitar médico a domicilio, al cual deberá abonarle un coseguro. Ver. (https://www.osmedica.com.ar/servicios/autorizacion­y­coseguro/) Esta autorización queda a criterio de la Auditoría Médica.
Requisitos para la atención
Ambulatoria: – Credencial actualizada – Documento de identidad Internaciones: – Credencial actualizada – Documento de identidad – Último recibo de sueldo – Si fuera monotributista presentar el último recibo de monotributo pago.
Situaciones especiales de atención
Paciente en tránsito: Cuando requiera servicios asistenciales y se encuentre fuera de su área de residencia deberá contactarse con la Delegación Metropolitana.
Accidentes laborales: Ante la eventualidad de un accidente de trabajo o “en camino a” o “de regreso a” su domicilio (“in itinere”) el afiliado deberá presentar la denuncia ante la ART correspondiente sin excepción. Accidente de tránsito: En caso de requerir los servicios por un accidente de tránsito el afiliado deberá presentar la denuncia policial del hecho a OSMEDICA a los efectos de poder accionar ante los estamentos que correspondan sin excepción.
Reintegros: Sólo se aceptarán solicitudes de reintegros que estuvieran autorizados previamente por la Auditoría Médica de la Obra Social, es decir, no se podrán utilizar servicios por fuera de la cartilla y solicitar el posterior reintegro. En caso de cobros indebidos por parte de prestadores de la cartilla médico asistencial deberá solicitar su reintegro con una nota que relate el hecho y la factura o ticket correspondiente. IMPORTANTE: Las órdenes de todo tipo tendrán una validez de 30 días.